La Ética del Discurso

 Como lo señala Moreno (2008) "Se puede comprobar, la ética del discurso se limita a una serie de reglas formales de orientación pragmática que recurren al instrumento del lenguaje para la obtención de consensos válidos. En este sentido, la validez consiste en la aceptación intersubjetiva de un argumento que observa la universalidad de un interés común. Por tanto, cabe decir que la validez está dirigida a la producción de consensos, esto es, normas válidas construidas por un grupo de individuos que pretende regular un problema que afecta a todos ellos" (p.97).

La ética discursiva tal como la expone Habermas parece ser aquella transformación de la conducta que está en post común. La manera de llegar a un consenso o acuerdo sería la exposición de argumentos que sean intersubjetivamente evaluados e igualmente intersubjetivamente validados. Por ejemplo: la posesión de la propiedad privada consensualmente se puede llegar a un acuerdo de que es más beneficioso no incurrir con un perjuicio a lo ajeno o al otro, se podrían dar argumentos como evitar conflicto, preservación de los bienes y la organización social adecuada.

La ética en este sentido es una construcción y no un mandato divino y no es algo trascendental que nos viene del más allá.



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